Política: Viviendas populares: Promueven una LEY Con Concepción Autogestionaria
10/05/2025
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“El acceso a una vivienda digna para los sectores de menores recursos representa una deuda de carácter histórico en nuestro país, y la provincia de Santa Fe no resulta ajena a esta problemática”, señaló el diputado provincial Carlos del Frade quien en ese sentido presentó una iniciativa en la legislatura.

La misma tiene como primer artículo contemplado su objeto que es promover el acceso a la vivienda y a un hábitat digno mediante el impulso y financiamiento de políticas de vivienda y hábitat sustentadas en la concepción autogestionaria.
Para ellos la norma se regirá por los siguientes principios: 1. El Derecho a la vivienda y hábitat dignos; 2. La función social de la propiedad; 3. La democratización de las políticas públicas; 4. El Cooperativismo y la autogestión popular.
Para ampliar por Derecho a la Vivienda y Hábitat dignos se entiende que toda persona tiene derecho a una vivienda y hábitat dignos como componentes indispensables del derecho a un nivel de vida adecuado. Aquel contempla: a) un lugar adecuado para vivir con condiciones que favorezcan el desarrollo pleno de la vida; b) en viviendas bien diseñadas, con criterio arquitectónico estético y funcional; c) ubicadas en entornos agradables; con acceso a los equipamientos e infraestructuras urbanas y a los servicios y espacios públicos; d) que posibiliten desarrollar apropiadamente las actividades sociales y económicas; y e) usufructuar de un hábitat culturalmente rico y diversificado.
INICIATIVA
La presente iniciativa “tiene por objeto promover el acceso a la vivienda y a un hábitat digno mediante el impulso y financiamiento de políticas de vivienda y hábitat sustentadas en la producción social autogestionaria del hábitat popular. Surge de las preocupaciones acercadas por organizaciones sociales santafesinas y, en particular, recupera la amplia trayectoria local y nacional del Movimiento de Ocupantes e Inquilinos (M.O.I.)”, indicó el diputado del Frente Amplio por la Soberanía
Ahora bien, Del Frade explica en su proyecto se propone la Producción Social Autogestionaria de Hábitat Popular, (PSAHP) que son aquellos procesos productivos de hábitat que son desarrollados, dirigidos y controlados por las propias personas destinatarias, organizadas jurídicamente de manera colectiva, que en todas sus etapas combinan esfuerzos con el Estado, según los siguientes parámetros: a. La concepción de Hábitat involucra programáticamente viviendas, espacios comunitarios y ámbitos productivos (base material de alternativas de creación de trabajo). b. La producción de hábitat como bien de uso, la cual excluye la obtención de ganancias. c. Relaciones sociales de producción de carácter solidario y sin patrones. d. Aporte de mano de obra solidaria o ayuda mutua, lo que incluye la conformación cierta del colectivo autogestionario; el aporte de un piso cuantitativo del diez (10) por ciento del costo de obra de cada proyecto, en concepto de cubrir solidariamente la mano de obra; así como la generación de un campo de calificación laboral, consecuentemente creador de alternativas de trabajo.
Para la materialización de los complejos habitacionales se creará la Unidad Social de Producción Autogestionaria (USPA) que será una entidad ejecutora triactoral, constituida para el desarrollo y materialización de los proyectos autogestionarios de hábitat como bien de uso, a través de la articulación de 1) Organizaciones Sociales Autogestionarias (cooperativas de vivienda, mutuales, asociaciones civiles y/o sindicatos) que buscan resolver sus necesidades habitacionales; 2) Cooperativas de trabajo que proveen mano de obra calificada; y 3) Equipos profesionales interdisciplinarios (EPIs), que proveen conocimientos técnicos específicos.
DESTINATARIOS
Los mas importante que se propone en el proyecto son los destinatarios de acceso a la vivienda que serán los hogares conformados en unidades convivenciales, sin vivienda propia o en situación habitacional crítica, que integran organizaciones sociales autogestionarias formalmente constituidas en personas jurídicas (cooperativas, mutuales, asociaciones civiles o sindicatos) integradas a una USPA.
En la conformación de dichas organizaciones debe priorizarse la incorporación de minorías o grupos vulnerables, a saber: adultos/as mayores; trabajadores/as desempleados/as o informales; mujeres y disidencias, jefas de hogar o en situación de violencia de género; personas con discapacidad; entre otros
Desde el sector provincial el emprendimiento estará a cargo por una dependencia a crearse que será la Subsecretaría de Producción Social Autogestionaria del Hábitat Popular bajo la órbita del Ministerio de Obras Públicas provincial que deberá diseñar e implementar las políticas autogestionarias de hábitat.
Asimismo se creará el Banco de Inmuebles para la implementación de la PSAHP, el cual pasará a conformarse prioritariamente de bienes inmuebles , ubicados en áreas urbanas, suburbanas y rurales, y trabajará en la recuperación de los Bienes Inmuebles Ociosos, privados o de propiedad del Estado provincial; La Regularización Dominial de Bienes Inmuebles Ocupados; La Adquisición de Bienes Inmuebles a través de procesos de compra o expropiación.
En tanto se creará el Fondo Provincial para la Producción Social Autogestionaria del Hábitat Popular (FPPSAHP) destinado al fomento y financiación de las políticas autogestionarias de hábitat popular. Los ingresos del Fondo deberán ser destinados a proyectos de PSAHP a fin de financiar uno o varios de los siguientes rubros: a) Suelo. b) Infraestructura básica. c) Ejecución de obras (materiales y mano de obra). d) EPIs (área arquitectónica; social; legal y contable). e) Equipamiento comunitario y productivo. f) Centrales estatales de insumos de materiales básicos, máquinas y herramientas. Se podrá operar en áreas urbanas, periurbanas y rurales generando: 1. Un nuevo conjunto de hábitat: Compra de suelo; obras de urbanización y provisión de infraestructura y servicios; construcción de viviendas; equipamiento sociocomunitario y productivo, entre otros
Para la puesta en funcionamiento de lo dispuesto en la iniciativa propuesta el Ejecutivo provincial podrá hacer uso de los recursos existentes (capacidades humanas, materiales, de infraestructura y tecnológicas). Y Además se invitará a municipios y comunas a adherir a la ley, una vez aprobada
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